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Embarcaciones de Recreo

Navegue con total tranquilidad y cubra los daños materiales y personales que pueda causar a terceros y a puertos e instalaciones marítimas por el uso de su embarcación de recreo. Recuerde que están obligadas a disponer de este seguro todas las embarcaciones propulsadas a motor (incluso motos acuáticas), las que no siendo a motor tengan más de 6 metros de eslora y, también, embarcaciones extranjeras que naveguen por aguas españolas.

Asegure sus embarcaciones a vela (en función de su eslora), embarcaciones a motor y motos de agua (de acuerdo a la potencia de su motor) y otras embarcaciones mediante el seguro obligatorio de responsabilidad civil de embarcaciones de recreo y asegure asimismo los daños propios que pueda sufrir su embarcación:

  • pérdida total o abandono de la embarcación
  • pérdida total constructiva
  • gastos de salvamento
  • averías particulares
  • gastos de asistencia
  • remoción de restos
  • robo
  • reembolso de gastos
  • asistencia en viaje
  • riesgos extraordinarios

No deje cabos sueltos.

 
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